Raúl N. García Orejudo, Magistrado titular del Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona, en la sentencia de la demanda contra Jesús Guerra, titular del sitio web www.elrincondejesus.com, establece que:
En dicha página web no se almacena ninguno de los archivos cuya referencia se indica […] no se percibe cantidad alguna directa ni indirectamente relacionada con el servicio […] El sistema de enlaces o links no supone ni distribución, ni reproducción ni comunicación pública […] El sistema de enlaces constituye la base misma de Internet […] En nuestro Derecho no está prohibido favorecer, orientar o ayudar mediante enlaces en la búsqueda de archivos que contengan obras protegidas para lograr su posterior descarga en las llamadas redes P2P […] Las redes P2P, como meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios de Internet, no vulneran derecho alguno protegido por la Ley de Propiedad Intelectual.
¡Zas, en toda la bocaza de la Ministra y Cía.! Again…
(Vía: Kriptópolis, David Bravo y Bandaancha)
Hoy salgo y me emborracho.
[…] (Vía: Kriptópolis, David Bravo, Bandaancha y Enchufa2) […]
completamente deacuerdo con la sentencia. Pero, referente al P2P,entiendo qu la sentencia viene a decir algo análogo a «tener cuchillos en casa no es un delito». El único acto ilicito en nuestro ordenamiento juridico es el poner a disposicion de otros usuarios material protegido por derechos de autor, sin su consentimiento. Da igual el medio que se use.
@javi: …y si hay lucro, es además, un delito
hace poco descubrí una página web llamada http://www.jamendo.com. El día que vea a la SGAE o al lobby de la industria musical metiendose con iniciativas como esta, me pondré del lado de los enemigos de «la industria», mi entras tanto seguiré pensando que esta lucha «anti-sistema» no tiene ningún fundamento y que la industria tiene toda la razón, (en el fondo) aunque en las formas se equivoque.
@javi: Bazinga!!!